domingo, 29 de noviembre de 2015

20-D

Buenas a tod@s,

No voy a poder votar. Tendré que botar mi voto. Va, me dejo de tonterías que esto es serio. El pasado 13 de noviembre acudí al Consulado para solicitar el voto por correo. Simplificando, el proceso para poder votar en el extranjero en mi caso consta de dos sencillos pasos, 1) solicitar el voto por correo; 2) rellenar la documentación y enviarla de vuelta por correo certificado.

Pues bien, la cosa es la siguiente: la solicitud del voto por correo en el caso de no residentes en el extranjero (mi caso) tenía un plazo de vigencia hasta el día 21 de noviembre. Hasta aquí todo bien, pero yo ya estaba algo mosqueado por una simple y sencilla razón. Ya me he escrito cartas con Tancredy y tardan en llegarme unas 3-4 semanas. Echando cuentas, me apuesto cualquier cosa a que hasta el 9 de diciembre no me llega la carta de votación. Por si fuera poco, tengo que enviar de vuelta a España mi voto, obligatoriamente por correo certificado. El correo certificado no es correo urgente, simplemente registra el proceso en el que se encuentra tu carta para mantenerla localizada. Echando cuentas una vez más, de llegar, supongo que llegaría el día 4 de enero. Ah, y un punto muy importante: yo soy quien debe soportar el importe de la modalidad de correo certificado.

Recapitulando, creo que mi voto no se podrá hacer efectivo. Quizás me llegue la carta para poder votar, entonces tendré que pagar por mi voto en concepto de "correo certificado". Y para colmo, lo más probable es que no llegue a tiempo. En fin, ponme un café Diego.







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